En el mes de julio, Perú tiene dos días especiales que afectan el calendario laboral: el martes 23 de julio, feriado por el Día de la Fuerza Aérea del Perú, y el viernes 26 de julio, día no laborable para el sector público.
Para evitar confusiones, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha explicado las diferencias entre estos dos tipos de días:
Feriado Nacional (martes 23 de julio):
- Los trabajadores deben descansar sin que se afecte su remuneración.
- Si el trabajador debe laborar, el empleador tiene dos opciones:
- Brindarle un descanso compensatorio en otra fecha.
- Pagarle una triple remuneración por el feriado trabajado.
Día No Laborable (viernes 26 de julio):
- Aplica solo para trabajadores del sector público.
- Los trabajadores deben recuperar las horas no laboradas en las semanas siguientes, según lo indique su Oficina de Recursos Humanos.
- Reciben su remuneración habitual sin ninguna sobretasa.
Sector Privado:
- Los centros de trabajo del sector privado pueden optar por acogerse al día no laborable previo acuerdo entre el empleador y los trabajadores.
- Si no se llega a un acuerdo, la decisión recae en el empleador.
- Las horas no trabajadas deben ser recuperadas según lo acordado.
La Sunafil reafirma su compromiso de orientar a los trabajadores sobre sus derechos y responsabilidades laborales, promoviendo un trabajo digno y decente para todos los peruanos.